Saltar al contenido
Cita Previa Extremadura

¿Qué es y cómo pedir la Renta Mínima Vital?

Cómo solicitar Ingreso mínimo vital

Información oficial y actualizada sobre el Ingreso Mínimo Escencial que tiene pensado aprobar el Gobierno de España para paliar los efectos del COVID-19.

1. ¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital?

El Gobierno de España tiene pensado aprobar una renta o subvención mínimo escencial transitoria para paliar los efectos baratos del COVID-19 entre los sectores menos favorecidos.

Este ingreso mínimo escencial es una renta mínima asegurada para esos que, teniendo inconvenientes baratos, no se hayan podido acoger a ninguna otra asistencia para familias por el COVID-19.

2. Cuantía de la Renta Mínima Vital

En inicio se encontraba pensado que se tratara de 400 euros por mes, pero el pasado 10 de abril se hizo público que se se encontraba haciendo un trabajo en una renta mínima de emergencia de 600 euros, que se elevaría hasta los 977 en las situaciones de familias con dos mayores sin capital y dos hijos a cargo.

De esta forma, las cuantías para familias monoparentales serían las siguientes:

  • Familias monoparentales con un hijo a cargo: 700€
  • Familias monoparentales con dos hijos a cargo: 838€
  • Familias monoparentales con tres hijos a cargo: 977€

Suponiendo que la familia esté compuesta por dos mayores, las cuantías serían sutilmente superiores:

  • Familias con dos mayores sin hijos: 600€
  • Familias con dos mayores y un hijo: 738€
  • Familias con dos mayores y dos hijos: 877€
  • Familias con dos mayores y tres jovenes o más: 1.015€

3. ¿Quién puede soliciar el Subvención Mínimo Vital?

Desde la Vicepresidencia de Asuntos Sociales se apuntó que los beneficiados serían quienes:

Requisitos económicos

  • No tienen rentas, o las tienen pero son muy bajas (otras fuentes apuntaron a rentas inferiores a 200 euros mensuales).
  • Y además de lo previo, no pudieron acogerse a ninguna de las medidas adoptadas hasta el día de hoy por el Gobierno, que se relacionan con las moratorias del pago del alquiler o las regulaciones de empleo.

Oséa, que el Mínimo Ingreso Escencial es imposible unir con otras medidas puestas en marcha por el Gobierno desde la afirmación del estado de alarma para paliar los efectos baratos del COVID-19.

Requisitos de patrimonio

Van a poder entrar a la asistencia todas aquellas familias que tengan casa en propiedad mientras que el valor total de su patrimonio no pase los 100.000€.

Para calcular esta cantidad se va a tener presente la vivienda pero además los depósitos en bancos, acciones etc.

Requisitos de edad

Solo van a poder soliciar el Ingreso Mínimo Escencial los superiores de 23 años. No obstante, el Gobierno quiere evadir que los adolescentes se emancipen por medio de esta asistencia por lo cual para lograr pedir la prestación, todos los hogares sin hijos deberan mostrar que llevan por lo menos 3 años viviendo de manera sin dependencia.

Los requisitos de edad además tienen tope más alto. El más alto de edad para lograr soliciar esta prestación van a ser los 65 años.

logo ingreso mínimo vital

4. ¿Cuándo se puede pedir?

La prestación puede solicitarse por internet —a partir del 15 de junio— con o sin certificado digital.

¿Cuales son los plazos para solicitar la IMV?

No. El propósito del Gobierno es que esta asistencia tenga carácter persistente por lo cual se va a poder pedir y gozar de la prestación mientras que se cumplan los requisitos exigidos.

Cómo usar el Simulador del Ingreso Mínimo Vital y saber si tienes derecho a la ayuda

Para comprobar si cumples los requisitos para cobrar esta prestación y conocer el importe aproximado que te correspondería, más allá de analizar las condiciones, tienes a tu disposición el Simulador del Ingreso Mínimo Vital de la Seguridad Social, su objetivo es informativo.

Para usar el Simulador del Ingreso Mínimo Vital basta acceder a su página web, y hacer click en botón Empezar e ir respondiendo cada una de las preguntas que nos irán formulando.

El simulador funciona, visualmente, como si de un chat se tratase. Por cada una de las preguntas que nos realice, responderemos  o No, lo que corresponda según la situación particular de nuestro hogar. En cualquier caso, para responder a las cuestiones no necesitaremos ningún tipo de documentación, ya que las preguntas se refieren a datos como los miembros del hogar, la solicitud de otras ayudas o los ingresos que se perciben.

5. ¿Cómo pedir el Ingreso Mínimo Vital?

ante el cierre de oficinas por el estado de alarma, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha dispuesto dos opciones para solicitar el Ingreso Mínimo Vital por internet a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Sin certificado digital, que implicará corroborar los datos con la administración mediante los mecanismos que esta establezca, y mediante un certificado electrónico o el más que recomendable sistema Cl@ve; esta última opción es la preferida por la Seguridad Social.

Solicitud del IMV con certificado electrónico o sistema Cl@ve

Para llevar a cabo la solicitud de la prestación con certificado electrónico o sistema Cl@ve accederemos a la Sede Electrónica de la Seguridad Social y, a continuación, al trámite para solicitar el Ingreso Mínimo Vital que se encontrará disponible a partir del 15 de junio.

Solicitud del IMV sin certificado digital

Para llevar a cabo la solicitud de la prestación sin certificado electrónico, una medida en principio provisional adoptada durante el estado de alarma, accederemos a la Sede Electrónica de la Seguridad Social y, a continuación, al trámite para solicitar el Ingreso Mínimo Vital que se encontrará disponible a partir del 15 de junio

En ambos casos, pero especialmente en la solicitud del Ingreso Mínimo Vital sin certificado digital, resulta importante comprobar que se ha rellenado correctamente el campo referido al número de teléfono y el correo electrónico porque serán las vías de comunicación que los funcionarios utilizarán para realizar comprobaciones o solicitudes de documentación adicional.

¿El IMV se puede pedir si estoy cobrando otras ayudas?

Sí. Los beneficiarios de la renta mínima vital van a poder cobrar un sueldo y otras ayudas simultáneamente que esta prestación mientras que las proporciones cobradas no superen los máximos establecidos en los requisitos.

La intención del Gobierno es que esta renta ande como un complemento a algún otro ingreso. De hecho, antes de poder pedirla, el solicitante va a tener que haber pedido algún otra prestación a la que tenga derecho.

Para resolver más dudas puedes acceder a la sección de preguntas frecuentes sobre el Ingreso Mínimo Vital de la web de la Seguridad Social o llamar al teléfono gratuito 900 20 22 22 en horario de 9 a 14:30 horas.